La personas naturales, nacionales o extranjeras, relacionadas con el ámbito de energía y recursos naturales no renovables, deben legalizar la inclusión y exclusión de miembros de organizaciones sociales relacionadas con el sector, según su necesidad. REGLAMENTO SISTEMA UNIFICADO INFORMACIÓN DE ORGANIZACIONES SOCIALES Art. 20.- Registro de inclusión o exclusión de miembros y procedimiento. La organización social deberá notificar a la autoridad co...